Barreras Burocráticas – Abogado : Fabricio Sanchez Concha

¿Sabías qué es una Barrera Burocrática y cómo podría beneficiar a los administrados?

Las barreras burocráticas están definidas como todas aquellas exigencias, requisitos, limitaciones, prohibiciones y/o cobros que impongan las entidades de la administración pública, que intenten condicionar, restringir u obstaculizar el acceso, la permanencia en el mercado de los agentes económicos o que perjudiquen a los administrados en la tramitación de procedimientos administrativos sujetos a las normas y principios que garantizan la simplificación administrativa, por ejemplo, la exigencia de un requisito no previsto para la obtención de una licencia de funcionamiento[1] o limitar el funcionamiento de un establecimiento hasta determinada hora sin argumentar las razones de su decisión, exigir requisitos adicionales no previstos o que se contraponen a la ley que lo regula.

De los ejemplos señalados podemos advertir que existen dos (2) tipos de barreras burocráticas, una que excede lo impuesto por la norma marco que regula determinado procedimiento y la que carece absolutamente de razonabilidad, pudiendo definirlas de la siguiente manera:

  • Ilegal: son aquellas exigencias, limitaciones cobros o prohibiciones que exceden la competencia de la entidad que las impone, fueron emitidas sin respetar los procedimientos necesarios para su imposición o contravienen las normas y/o principios de simplificación administrativa.
  • Carentes de Razonabilidad: son arbitrarias y desproporcionadas en relación a los fines que persigue.

 

Es importante resaltar que, las barreras burocráticas tienen su origen y se detectan en el ejercicio de la función administrativa ya sea por resolución ministerial, resolución directoral, ordenanza municipal, oficios, cartas, resolución administrativa, entre otros actos administrativos y, no en otras funciones como puede ser la legislativa o jurisdiccional; por lo que, si el Estado impone una medida en ejercicio de sus funciones distinta a la función administrativa, no podría ser considerada como una barrera burocrática.

Es el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi, a través de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas es la llamada a tramitarlas y detectarlas, es decir, pueden ser procedimientos iniciados de parte o de oficio (control posterior).

En este sentido, si los administrados detectamos alguna presunta imposición de una barrera burocrática que nos perjudique, tenemos todo el derecho de denunciarla para poder eliminarla en nuestro beneficio, permitiendo nuestra permanencia en el mercado o su acceso (es muy costoso el trámite que tengo que realizar que no permite mantenerme en el mercado; o, quiero iniciar determinado negocio, pero son tantos y tan costosos los requisitos, sin sentido o poco razonables, que me impide iniciarlos).

[1]     Requerir más requisitos que como máximo pueden ser solicitados de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento.